Asesoramos a personas y familias extranjeras que desean trasladar su residencia a España con una estrategia jurídica, económica y documental preparada desde el inicio.
Muchos expedientes no fracasan por una cuestión jurídica, sino por una preparación económica insuficiente, una documentación poco coherente o una estrategia migratoria mal planteada desde el inicio. Por eso el análisis jurídico y la lectura económica se hacen en paralelo, no por separado.
Nuestro equipo jurídico determina la vía aplicable, los requisitos legales, la documentación exigible y la respuesta ante posibles requerimientos, con capacidad para recurrir en vía administrativa y judicial si es necesario. El área económica interviene en la lectura patrimonial del expediente: ingresos, liquidez, origen de fondos, coherencia financiera y coordinación con fiscalistas cuando el traslado puede tener implicaciones relevantes. Nuestro trabajo no consiste en presentar formularios; consiste en diseñar una estrategia de residencia comprensible, defendible y adaptada al perfil real de cada cliente.
Cada perfil tiene una vía más natural. La elección correcta depende de su situación profesional, patrimonial y familiar, así como de su objetivo durante los primeros años en España.
Para personas y familias que desean residir en España sin desarrollar actividad laboral o profesional durante el primer periodo. Especialmente adecuada para rentistas, jubilados y patrimonios familiares.
Conocer más → ii.Para profesionales que trabajan a distancia para empresas o clientes situados principalmente fuera de España. Encaja con directivos, consultores, autónomos internacionales y perfiles tecnológicos.
Conocer más → iii.Para directivos, especialistas técnicos y perfiles con oferta laboral en España que requiere cualificación elevada. Tramitación ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
Conocer más → iv.Estancia de larga duración para estudios superiores, formación profesional, bachillerato u otras enseñanzas reconocidas. Aplicable también a familias que planifican un proyecto formativo en España.
Conocer más →La autorización pensada para quienes pueden residir en España con recursos propios, sin necesidad de incorporarse al mercado laboral durante el primer periodo de residencia.
Personas extranjeras no comunitarias —y sus familias— que disponen de medios económicos suficientes para mantenerse en España con rentas, ahorros, ingresos pasivos, pensiones, patrimonio financiero u otras fuentes. Suele encajar con jubilados, prejubilados, familias que desean escolarizar a sus hijos en España, titulares de patrimonio y personas que planifican una transición residencial ordenada.
La normativa exige acreditar el 400 % del IPREM mensual para el titular y un 100 % adicional por cada familiar. Tomando como referencia el IPREM mensual vigente en 2026 (600 €), las cuantías mínimas orientativas serían:
| Composición familiar | Mínimo mensual |
|---|---|
| Titular individual | 2.400 € |
| Titular + cónyuge o pareja | 3.000 € |
| Titular + cónyuge + 1 hijo | 3.600 € |
| Titular + cónyuge + 2 hijos | 4.200 € |
Estas cantidades son umbrales mínimos, no garantía de concesión. Un expediente sólido no se limita a demostrar una cifra en una cuenta bancaria: también debe explicar la procedencia de los fondos, su disponibilidad, su estabilidad y su coherencia con la edad, trayectoria y composición familiar del solicitante.
El expediente exige, además, no encontrarse irregularmente en España, carecer de antecedentes penales en los países de residencia de los últimos cinco años, no figurar como rechazable, contar con seguro médico apto para residencia en España, no padecer enfermedades de repercusión grave para la salud pública y abonar la tasa correspondiente.
En la práctica, los expedientes que se complican suelen compartir cuatro debilidades: un dossier económico mal estructurado o sin trazabilidad clara de los fondos, un seguro médico con carencias o copagos no aptos para extranjería, certificados penales sin apostilla o traducción correcta, y la presentación de la solicitud sin adaptar el expediente al consulado concreto donde se va a tramitar.
Compruebe en un minuto si cumple el requisito económico para la residencia no lucrativa. Cálculo orientativo basado en el IPREM vigente y conversión automática de divisas.
Cálculo orientativo basado en el IPREM 2026 y en tipos de cambio aproximados. No constituye asesoramiento jurídico ni garantía de concesión. El cambio aplicable es el del día en que el consulado evalúa el expediente.
Comenzamos con una consulta inicial por videoconferencia en la que revisamos su situación, su composición familiar, su capacidad económica y su objetivo en España. Esa primera sesión es gratuita y sirve para identificar si existe una vía viable.
A partir de ahí, definimos la estrategia, preparamos el expediente con la documentación adaptada a su consulado y le acompañamos hasta la concesión, la entrada en España, la solicitud de la TIE y las renovaciones posteriores.
Videoconferencia gratuita para revisar su caso y orientar la vía.
Análisis jurídico-económico y elección de la autorización aplicable.
Dossier económico, certificados, apostillas y traducciones juradas.
Coordinación con el consulado competente o por vía telemática.
Entrada en España, empadronamiento, TIE y planificación de renovaciones.
Cada expediente se analiza desde la normativa aplicable, la situación personal del solicitante y las exigencias prácticas del canal de presentación. No trabajamos con promesas de resultado, sino con preparación rigurosa y prevención de riesgos.
Acreditar medios económicos no consiste solo en alcanzar un umbral. También importa cómo se presentan los fondos, qué estabilidad tienen los ingresos, qué trazabilidad existe y si el conjunto resulta coherente para la administración.
La residencia en España no termina con la obtención de la autorización. Coordinamos seguros, traducciones, certificados, bancos, vivienda, empadronamiento, colegios, fiscalidad, TIE y renovaciones de forma ordenada.
Cuando el caso lo requiere, coordinamos traductores jurados, fiscalistas internacionales, brokers de seguros, despachos colaboradores en países de origen y servicios de relocation, sin dispersión de proveedores.
Nuestro equipo jurídico está plenamente legitimado para actuar ante los juzgados y tribunales españoles. El compromiso no termina en la vía administrativa: ante una denegación o una vulneración de derechos, podemos llevar el caso a la Audiencia Nacional en recurso contencioso-administrativo y, cuando concurren los requisitos, al Tribunal Supremo. Es una diferencia sustancial respecto a una gestoría.
La consulta inicial se realiza por videoconferencia mediante Zoom, Google Meet o WhatsApp Video. Es gratuita y permite revisar su situación, identificar la vía de residencia más adecuada y anticipar los requisitos críticos antes de iniciar cualquier solicitud.
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